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Foto del escritorLaura Sanchis

Pensiones de nivel no contributivo

Las pensiones no contributivas son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo.

Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones de invalidez y jubilación no contributivas.


Requisitos para acceder a la pensión de jubilación no contributiva:

- Edad: Tener 65 o más años.

- Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

- Carecer de ingresos suficientes. Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2022, sean inferiores a 5.899,60 € anuales.


Requisitos para acceder a la pensión de invalidez no contributiva:

- Edad: Tener entre 18 y 65 años.

- Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

- Carecer de ingresos suficientes. Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2022, sean inferiores a 5.899,60 € anuales.

- Discapacidad. Ha de tenerse reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.

El derecho a pensión no contributiva de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.

La pensión no contributiva de invalidez es incompatible con la pensión no contributiva de jubilación, con las pensiones asistenciales, con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona, así como con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo con discapacidad igual o superior al 65 %.

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